El Código de Seguridad Humana y las instalaciones para guardería

 

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El Código de Seguridad Humana y las instalaciones para guardería

Por Kristin Bigda, P.E

En agosto, un incendio dio muerte a cinco niños en unas instalaciones para guardería en Erie, Pennsylvania. Desde entonces, se ha descubierto que las residencia en la que se encontraba la guardería no contaba con alarmas de incendio adecuadas y que prácticamente no contaba con una manera de advertir a los ocupantes sobre un incendio, especialmente durante la noche cuando estaban durmiendo – el incendio fue reportado a la 1:15 de la mañana. También se descubrió que los funcionarios estatales que inspeccionan los centro de cuidado de niños, tales como el centro en el que se produjo el incendio, no son responsables de verificar las características de seguridad contra incendios tales como las alarmas de incendio.

Históricamente, la cantidad de incendios en ocupaciones para guardería es baja, al igual que la cantidad de instalaciones. Los códigos contienen una serie de estrictos requisitos que, cuando se cumplen, protegen a los ocupantes vulnerables y cuidadores que pasan su tiempo en estas instalaciones. Una ocupación para guardería está definida en NFPA 101®, Código de Seguridad Humana, como “una ocupación en la que cuatro o más clientes reciben cuidado, mantenimiento y supervisión, a cargo de terceros que no son sus parientes o tutores, durante menos de 24 horas por día”. Estas pueden incluir instalaciones tales como ocupaciones para el cuidado de adultos, cuidado de niños, hogares de día y jardines maternales y jardines de infantes. No existen parámetros etarios para clasificar una ocupación como ocupación para guardería. Independientemente de la edad, aquellos que asisten a una guardería pueden no ser totalmente capaces de auto preservarse – capacidad de un cliente para evacuar de una ocupación para guardería sin intervención directa de un miembro del personal - y podrían requerir de cierto grado de asistencia del personal de la guardería para ayudarlo a reubicarse o evacuar.

Existe un umbral de tiempo determinado durante el cual los clientes pueden recibir atención. La intención del código es que los clientes asistan a la guardería durante no más de 24 horas. El fin es diferenciar entre circunstancias en las que los clientes se encuentran en residencias durante 24 horas al día y una guardería en la que los clientes normalmente residen en otra ubicación pero que reciben atención en la guardería cuando sus cuidadores primarios se encuentran en otro lugar. 

Los requisitos en el código se centran en la construcción del edificio, las características especiales de egreso tales como ventanas para rescates en edificios sin rociadores, sistemas de alarmas de incendio, sistemas de detección de incendios, ubicación de las instalaciones para guardería dentro del edificio, y separación de las instalaciones de otras ocupaciones. Las instalaciones para guardería más pequeñas, con más de tres pero menos de 12 clientes, se clasifican como hogares de día. Estas por lo general están ubicadas dentro de un marco residencial mientras que una ocupación para guardería es con frecuencia un lugar independiente o está ubicada en un edificio con otra clasificación, como por ejemplo un edificio de oficinas o edificio de departamentos. Las características de protección en hogares de día deben abordar medios de escape adecuados, alarmas de incendio, sistemas de detección de incendios, y detección de monóxido de carbono. Todas las clasificaciones de las ocupaciones para guardería requieren de planes de acción de emergencias, egreso de emergencias y simulacros de reubicación, e inspecciones de prevención contra incendios. También presentan limitaciones en cuanto al mobiliario y decoraciones para abordar tales elementos que podrían contribuir con la propagación de las llamas y desarrollo del humo durante un incendio.  

Con todo este minucioso paquete abarcativo de requisitos de seguridad suministrado por el código, ¿cómo puede haber sido tan terrible el incendio de Erie? La primera respuesta obvia es la falta de alarmas de incendio. Los clientes y personal no tuvieron manera de ser alertados sobre el incendio. En cualquier ocupación en la que podría estar durmiendo gente, los sistemas de detección de incendio o alarmas de incendio deben, según el código, brindar esa advertencia y despertar a las personas. Sin esos sistemas de protección contra incendios que salvan vidas, no existe prácticamente manera de ser notificado acerca de un incendio con la rapidez suficiente. Además, no parecería haber habido un miembro del personal en servicio y alerta durante la noche mientras los niños dormían. El código exige que un adecuado miembro adulto del personal esté en servicio y alerta en las instalaciones en todo momento cuando exista presencia de clientes, y esto aplica a todas las ocupaciones para guardería, independientemente de su dimensión, tanto nuevas como existentes. 

Si bien la definición de ocupación para guardería limita la duración de la atención a no más de 24 horas, no impide que las instalaciones funcionen durante la noche. A medida que se producen cambios en las necesidades de la sociedad, las familias encuentran que es posible necesitar del cuidado de un niño o adulto durante la noche. Los hogares con progenitores/cuidadores solteros, por ejemplo, podrían requerir de este servicio si el progenitor trabaja en horario nocturno o durante las tardes. La guardería estereotipo – instalaciones que solo brindan atención durante el día – está evolucionando para cumplir con las necesidades cambiantes de las familias. El fin de este requisito – que un miembro adulto del personal esté alerta y despierto en todo momento ante la presencia de clientes – es que se aplique a hogares de cuidado de grupos y de cuidado de familias que operen durante la noche, así como a ocupaciones para guardería más extensas. 

Los requisitos relacionados con el personal, inspección, criterios de simulacros, y presencia requerida de personal alerta aplican en todo momento en que exista presencia de clientes, ya que el código reconoce ocupaciones para guardería que operan en todo momento. A medida que evolucionan estos servicios, se expanden y abastecen las necesidades cambiantes de las familias, tanto con niños y adultos requiriendo de cuidados, el código deberá estar atento y ser proactivo si desea seguir garantizando una protección adecuada de los clientes y personal en guarderías independientemente de su dimensión. 

Kristin Bigda, P.E., es ingeniera principal en protección contra incendios en NFPA. Los miembros de NFPA y autoridades competentes pueden utilizar la pestaña de Preguntas Técnicas para plantear sus inquietudes sobre NFPA 101 en nfpa.org/101

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