¿Cuál es la altura requerida para una estación de activación de alarmas de incendio?
La respuesta simple es que la parte operable de la estación de activación debe estar al menos a 42 pulgadas (1,07 m) y no más de 48 pulgadas (1,22 m) por encima del piso terminado. Además, una estación de activación debe estar dentro de los 5 pies (1,5 m) de cada puerta de salida, en cada piso de un edificio donde sea necesario instalarla. Ambos requisitos se muestran a continuación.
Requisitos del código
NFPA 72®, Código Nacional de Alarmas de Incendio y Señalización, establece que una estación de activación de alarmas de incendio es un dispositivo de inicio de alarma accionado manualmente y lo define como un dispositivo manual utilizado para iniciar una señal de alarma de incendio. Otras publicaciones, pueden referirse a una estación de activación de alarmas de incendio como estación de activación manual de alarmas de incendio, estación manual, caja de incendios, pulsador manual, etc. Los requisitos para la altura de instalación se pueden encontrar en la Sección 17.15 de la edición 2022 de NFPA 72. Si desea saber cómo encontrar fácilmente estos requisitos en el código mediante NFPA LiNK®, mire el video (en inglés) que aparece a continuación.
Es importante tener en cuenta que NFPA 72 no requiere que se instalen dispositivos de inicio manuales en los edificios. En su lugar, proporciona los requisitos de instalación cuando los dispositivos son requeridos por otros códigos como NFPA 101®, Código de Seguridad Humana, NFPA 1, Código de Incendios, o NFPA 5000®, Código de Seguridad y Construcción de Edificios.
Montaje de la caja posterior
Al montar la caja posterior para una estación manual, es importante conocer la marca y el modelo del dispositivo que finalmente se instalará. Tal como se mostró anteriormente, las medidas se toman a partir de la parte operable del dispositivo, no en el medio del dispositivo. Además, estas medidas se toman desde el piso terminado, por lo que al instalar cajas posteriores antes de la instalación del piso, se debe tener en cuenta el grosor del piso en la medición.
Tolerancias
NFPA 72 permite una tolerancia para la instalación de los dispositivos. Esta tolerancia se indica en 1.6.5 y A.1.6.5. Cuando las dimensiones se expresan en pulgadas, se pretende que la precisión de la medida sea de 1 pulgada, por lo tanto la tolerancia sería más o menos de ½ pulgada. La conversión y presentación de las dimensiones en milímetros tendría entonces una precisión de 25 mm, en este caso sería más o menos de 13 mm. Por lo tanto, la altura máxima de la parte operable del dispositivo de inicio de alarma accionado manualmente, podría ser de hasta 48,5 pulgadas (1,233 m) si se tiene en cuenta las tolerancias permitidas en NFPA 72.
Alturas de otros aparatos y dispositivos montados en la pared
¿Desea obtener más información sobre la altura de instalación de otros dispositivos, aparatos y equipos de alarmas de incendio? El video al que se hizo referencia anteriormente en este blog describe cómo puede usar la función de navegación directa de NFPA LiNK (NFPA DiRECT®) para encontrar la altura de montaje no solo para las estaciones manuales de alarmas de incendio, sino también para otros equipos de alarmas de incendio montados en la pared, además de todos los requisitos del código correspondiente.
Consideración importante: Cualquier opinión expresada en esta columna (blog, artículo) es la opinión del autor y no representa necesariamente la posición oficial de la NFPA o sus Comités Técnicos. Además, este contenido no está diseñado ni se debería usar para proporcionar consultas o servicios profesionales.
SHAWN MAHONEY, Ingeniero de Servicios Técnicos posee un título de maestría e ingeniería profesional (PE, por sus siglas en inglés) que trabaja en temas de apoyo de protección contra incendios en la NFPA.